sábado, 22 de octubre de 2016

Volviendo al PDIEZ (P-10)

La historia es un incesante volver a empezar. Tucídides
En las últimas reuniones del equipo médico en relación a la gestión de Citas desde las Unidades de Admisión y recientemente ante el problema generado en relación a la campaña de la gripe 2016-2017 y el RD "De este modo, los pacientes tendrán que ir primero al médico para recibir la correspondiente prescripción de la vacuna y después ir a la enfermera para que se la administre, ya que si las enfermeras la administraran directamente podrían estar incurriendo en un delito de intrusismo profesional tipificado en el Código Penal". 
Los que me conocen (Javier Blanquer), no darán credito a lo que digo... He vuelto a recuperar el parte P-10.
En primer lugar:
Pese a seguir pensando que: La Unidad de Atención al Cliente (UAC) es el primer punto de contacto de la población con el sistema sanitario. Es el lugar donde se canalizan todas las necesidades de la población y es el punto desde donde se distribuyen las cargas de actividad de los distintos servicios sanitarios internos. Su importancia es crucial, tanto en lo relativo a la calidad aparente como a la gestión de la actividad interna, y tiene un papel crucial en la relación de la población con el sistema sanitario. No deberian existir normas en la UAC, sólo sentido común y capacidad para lograr el objetivo. Tomado de Blanquer JJ. Algo más que un simple mostrador: AMF 2009;5(8):444-453. Al final a golpe de realidad solo ha sido posible que se plante un cambio en la actual gestión de citas y actividad en el punto de admisión, dejando de hacer tareals administrativas desde la consulta médica, devolviendo la pelota con este PDIEZ.

En Segundo lugar:
La vacunación antigripal es de indicación sistemática y tiene unas claras indicaciones de SALUD PUBLICA Y PREVENCION a nivel Poblaciónal que son para el adulto
  1. Personas mayores o igual a 60 años de edad.
  2. Adultos  con  enfermedades crónicas  cardiovasculares  o  pulmonares, incluyendo: displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma. 
  3. Adultos  con  enfermedades metabólicas  crónicas,  incluyendo:  diabetes mellitus;  obesidad mórbida  (índice  de  masa  corporal  igual  o  superior  a 40); insuficiencia  renal;  hemoglobinopatías  y  anemias;  asplenia (ausencia de bazo); enfermedad  hepática  crónica;  enfermedades  neuromusculares graves o inmunosupresión, incluida la originada por la infección de  VIH  o  por  fármacos  o  en  los  receptores  de  transplantes; enfermedades que conllevan disfunción cognitiva: síndrome de Down,  demencias  y  otras. 
  4. Personas que conviven en residencias, instituciones o  en centros que prestan asistencia a enfermos crónicos de cualquier edad. 
  5. Mujeres embarazadas. 
  6. Trabajadores de los centros sanitarios, tanto de atención primaria como hospitalaria, pública y privada. Personas  que  por  su  ocupación  trabajan  en instituciones geriátricas  o  en  centros  de  atención  a  enfermos  crónicos, especialmente los que tengan contacto continúo con personas vulnerables. 
  7. Personas  que  proporcionen  cuidados  domiciliarios  a pacientes de alto riesgo o ancianos. CUIDADORES FAMILIARES. 
  8. Personas que conviven en el hogar, incluidos niños/as, con otras que  pertenecen  a  algunos  de  los  grupos  de  alto  riesgo,  por  su condición clínica especial (citados en los puntos 2-3).
  9. Otros grupos en los que se recomienda la vacunación: a) Fuerzas  y  cuerpos  de  seguridad  del  Estado,  con dependencia nacional, autonómica o local. B) Bomberos.  C) Servicios de protección civil.  D) Personas  que  trabajan  en  los  servicios  de  emergencias sanitarias.  E) Trabajadores  de  instituciones  penitenciarias  y  de  otros centros de internamiento por resolución judicial.
Ver protocolo. Aunque parece ya esta siendo solucionado, al final a golpe de realidad la única solución es que cada paciente rellene su nombre apellidos y número del SIP en un PDIEZ, si se encuentra en uno de estos grupos de riesgo.






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