domingo, 18 de octubre de 2020

ODONTOPEDIATRIA: Sellados Fosas y Fisuras

 

Te recordamos tenemos una página con consejos e información del Servicio de odontopediatría del Centro de Salud de San Blas. En esta ocasion hemos subido un video explicativo de la técnica del sellado de los dientes. Sellar los dientes está demostrado su eficacia pero como decía y siempre digo, esto no quita que descuidemos la higiene dental. Puedes saber más en esta entrada del blog Una Madre en el Dentista.

sábado, 17 de octubre de 2020

STOPP-FRAIL: Actualización Pacientes frágiles 2

El anciano es un hombre que ya ha comido y observa cómo comen los demás. Honoré de Balzac

Criterios STOPP/START. En 2008 se publicaron por primera vez los criterios STOPP (Screening Tool of Older Person’s Prescriptions) / START (Screening Tool to Alert doctors to Right Treatment) para evaluar la prescipción potencialmente inapropiada en pacientes geriátricos, que fueron traducidos al español en 2009. tomado de Cadime "Polimedicación y deprescripción: herramientas". Publicado: 30 Abril 2019
Ordenados por sistemas fisiológicos, los criterios STOPP comprenden 65 indicadores de prescripciones potencialente inapropiadas basados en la evidencia clínica, y también incluyen interacciones fármaco-fármaco y fármaco-enfermedad, duplicidad terapéutica y medicamentos que incrementan el riesgo de deterioro cognitivo y caídas en ancianos. Cada criterio especifica el contexto en el que el fármaco se considera inapropiado, lo que facilita su rápida aplicación; pero no indica el efecto potencial por el que se considera inadecuado, a diferencia de los criterios de Beers. La lista no es exhaustiva, aunque incluye las situaciones que pueden prevenirse en la práctica diaria; sin embargo, no reflejan la aparición de reacciones adversas obvias (p. ej., sangrado por anticoagulantes o hipoglucemia por insulina).
En 2017 se publicaron los 27 criterios STOPP-Frail, desarrollados específicamente para pacientes frágiles con expectativa de vida limitada. Estos criterios se han actualizado 2020: Curtin D. Gallagher P. O'Mahony D. Deprescribing in older people approaching end-of-life: development and validation of STOPPFrail version 2. Age and Ageing 2020; 1–7.

viernes, 16 de octubre de 2020

Certificado de defuncion en tiempos de pandemia: COVID19

La certificación de la defunción de casos de COVID-19 en España Revista Española de Medicina Legal sept 2020;46(3)

Actualización octubre 2020

entrada original publicada 24/10/2011 y actualizada en 2014

Algo hay tan evidente como la muerte y es la vida. Charles Chaplin

La certificación de la defunción es un acto médico en el que el profesional debe poner el mismo esfuerzo y dedicación que en el resto de los informes elaborados en vida del paciente. Para su correcta cumplimentación el facultativo debe seguir las instrucciones básicas, poniendo especial cuidado en rellenar adecuadamente la secuencia de causas de muerte. En casos de pandemia, la cumplimentación del certificado de defunción corresponde a la medicina asistencial y para poder hacerlo los organismos oficiales deben publicar instrucciones basadas en recomendaciones internacionales. Debe establecerse, cuanto antes, la posibilidad de comunicación telemática de las defunciones. Mientras eso no sea posible, tienen que establecerse procedimientos que permitan en situación de pandemia, comunicar de forma inmediata la mortalidad a las autoridades sanitarias.  

la defunción con relación a la COVID-19
El 29 de marzo del 2020, el CGCOM emitió un comunicado en el que, de acuerdo con las definiciones propuestas por la OMS, la Vocalía Nacional de Administraciones Públicas informaba acerca del procedimiento a seguir en la certificación de las defunciones durante la actual epidemia de COVID-19. El documento señala que las muertes producidas en una epidemia son muertes naturales. No hace falta comunicar al ámbito médico-legal o judicial el fallecimiento.

El certificado de defunción vigente, ha sufrido modificaciones:

  1. Se amplia el número de apartados a completar, y ha de cumplimentarlos el facultativo.
  2. Se incluye modificación que alude a la existencia, o no, de riesgo infeccioso en el cadáver. Tendrá que indicarse la enfermedad infecciosa padecida por el fallecido.
  3. Se debe especificar en que grupos debe incluirse el cadaver: Grupo 1: Carbunco; Grupo II: Contaminados po sustancias radiactivas; Grupo III: no pertenecientes a las anteriores.
  4. Posibilidad on no de incineración. (impedimentos: marcapasos, tratamiento con isótopos radioactivos, protesis -las actuales no  condicionan esta incineración-).